Política
Todo lo que hay que saber sobre el subsidio de $22.000 para monotributistas y autónomos

Todo lo que hay que saber sobre el subsidio de $22.000 para monotributistas y autónomos
28/05/2021 |

Solicitar un REPRO o un subsidio como independiente tiene condiciones y limitaciones que hay que conocer, y también un complejo trámite

 

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Por Dolores Olveira
IMPUESTOS

Tal como informó iProfesional, el Ministerio de Trabajo trabaja para que el subsidio de $22.000 para los monotributistas y autónomos comience a pagarse alrededor del próximo 10 de junio.

De hecho, este mes, el subsidio se otorgó sólo a monotributistas y autónomos del sector gastronómico, y por un monto inferior, y se pagó el 12 pasado.

El Gobierno extendió el programa de asistencia a monotributistas y trabajadores autónomos a sectores como el transporte, actividades culturales y deportivas, comercios, y peluquerías.

El programa de asistencia es otorgado por el Ministerio de Trabajo, previa intervención de la AFIP, aunque lo liquida la ANSES, organismo que transfiere el monto del subsidio a los CBU declarados en el sistema por cada monotributista y autónomo.

La inscripción para recibir el REPRO II, la ayuda a empresarios para pagar los sueldos, y el subsidio para monotributistas y autónomos corren por el mismo sistema de la AFIP. La fecha límite para inscribirse es el 1 de junio de 2021, inclusive. 

Una publicación del contador Juan Pablo Manzur en Tributum.news enumeró los siguientes puntos salientes:

a. En mayo, con la nueva cuarentena, se amplió el REPRO II a más sectores.

b. El REPRO II consiste en una asistencia económica a los empleadores para el pago de salarios, el cual es abonado directamente a los trabajadores. Es un subsidio, no un préstamo.

c. Se trata de un subsidio gravado en el Impuesto a las Ganancias para el empleador y también es remuneración gravada en el mismo impuesto parar el trabajador.

1. Monotributistas y autónomos: quiénes pueden cobrar

Mediante la Resolución 266 del Ministerio de Trabajo, se extendió la ayuda en un principio pensada para gastronómicos, para crear el "Programa de asistencia de emergencia a trabajadores y trabajadoras independientes en sectores críticos".

En el anexo de la Resolución se enumeran las actividades que podrán ser subsidiadas con estos $22.000. 

Esos monotributistas y autónomos que serán subsidiados ahora por el Estado deberán desempeñarse, entre otras, en algunas de las siguientes actividades:

• Gastronomía

• Turismo

• Transporte

• Industrias culturales

• Actividades deportivas y de esparcimiento

• Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación

• Peluquerías y centros de belleza

Los trabajadores independientes alcanzados podrán pedir la asistencia a través del mismo sitio de la página de Internet de la AFIP por el que se pide el Repro.

[Para cobrarlo, se deben haber hecho dos aportes al Monotributo o la jubilación de autónomos en los últimos 6 meses]
Para cobrarlo, se deben haber hecho dos aportes al Monotributo o la jubilación de autónomos en los últimos 6 meses

2. ¿Quiénes pueden solicitar el "REPRO II"?

Prácticamente todas las personas físicas y jurídicas que sean empleadores pueden solicitar el REPRO II, indicó Manzur, pero agregó que, de todos modos, la diferenciación se encuentra en si la actividad principal, antes de la pandemia, era la que sigue, enumeró el especialista:

-Crítica y Salud: cada trabajador recibirá $ 22.000 (devengado mayo 2021) y una reducción del 100% de las contribuciones patronales.

-No crítica: cada trabajador recibirá $ 9.000. 

La novedad de mayo 2021, señaló Tributum.news, es que al ser monotributista o autónomo con actividad crítica, también se puede pedir el REPRO II de $ 22.000, estando "solo" o teniendo hasta 5 empleados.

Se interpreta, por lo tanto, que en el caso de los autónomos o monotributistas con 5 empleados en actividad crítica, recibirán el REPRO los 5 empleados y el mismo empleador, siempre y cuando se cumplan las condiciones, dijo la publicación.

3. ¿Cuáles son las condiciones para obtener el REPRO II?

Los sectores críticos, poseen un régimen más simple y deben cumplir con lo siguiente, explicó Manzur:

1. Tener una reducción interanual menor al 20% en su facturación, comparando mayo 2019 con 1/5/2021 a 24/5/2021 (y no abril).

¿Hay que completar abril en "comprobantes en línea? Ante este interrogante, desde Tributum.news recomendaron complementarla.

2. Tener un índice de liquidez corriente menor al establecido por el Comité de evaluación. El mes pasado fue del 1,6, pero si puede ser menor mejor, recomendó Manzur.

Este índice se calcula activo corriente/pasivo corriente. Se cargan los datos de caja, bancos, deudores por ventas, proveedores, sueldos a pagar, impuesto a pagar, entre otros datos. Todo al 30 de abril pasado, si es la primera vez que se pide REPRO II.

3. Adicional para monotributistas y autónomos: contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de Monotributo y/o autónomo.

Cuando no sea posean empleados, el procedimiento de solicitud es diferencia. Los sectores no críticos, que poseen un régimen más complejo, deben completar los siguientes requisitos, indicó Manzur:

Tener una reducción interanual menor al 20% en su facturación comparando abril 2019 con abril 2021.
Variación % del IVA compras.
Endeudamiento (pasivo/patrimonio neto)
Liquidez corriente.
Porcentaje de variación del consumo energía eléctrica y gasífera.
Porcentaje de variación de la relación costo laboral y facturación.
Datos patrimoniales (balance).
Certificación contable sobre la veracidad de estos datos.