Política
Más de 140 mil jubilados dejarán de cobrar el aumento desde octubre 

Más de 140 mil jubilados dejarán de cobrar el aumento desde octubre 
10/09/2018 |

Los damnificados son quienes comenzaron a cobrar por el plan de reparación histórica sin ningún trámite previo y aún no aceptaron la propuesta de la Anses en la web o no desistieron del juicio por reajuste de los haberes.

 

 


La Anses informó que un una gran cantidad de jubilados y pensionados perderán el beneficio que habían comenzado a cobrar por el plan de reparación histórica sin haber hecho ningún trámite en forma previa. Son los jubilados que están cobrando una mejora anticipada en sus anuncios y aún no aceptaron la propuesta en la web de las ANSeS o todavía no suscribieron el acuerdo, desistiendo del juicio por reajuste de las haberes.

El límite para aceptar esa propuesta era el 31 de agosto.

A pesar de esto, desde la Anses aseguran que el adicional podría restablecerse si la persona firma el acuerdo. En ese caso, no recuperaría los montos no cobrados mientras el plan no estaba formalmente aceptado.



Hay unos 140.000 jubilados que no aceptaron el plan y quedaron en esta situación. En principio, recibirán un carta en septiembre en la que se les informará que perderán el beneficio de la reparación histórica en sus haberes de octubre.

Si quisieran aceptar la reparación histórica, pueden hacerlo y así volverían a recibir el beneficio con los haberes de noviembre. En ese caso no recuperarían el período de octubre. Quienes no realicen ese trámite no podrán recuperar el adicional.

Hay casos que aunque no hayan hecho el trámite no perderán el beneficio. Es para los jubilados que hayan declarado estar imposibilitados de movilizarse, tengan una enfermedad grave o más de 90 años.



Para realizar y completar el trámite la secuencia es la siguiente:

​​ Aceptar el acuerdo: desde www.anses.gob.ar, hay que ingresar a la sección Accesos Rápidos, opción Mi ANSES, con su CUIL y la Clave de la Seguridad Social, visualizar la propuesta y aceptarla.

Designar a un abogado patrocinante: en la sección Mi ANSES, la persona debe ingresar el número de CUIL/CUIT de su abogado para que lo acompañe durante el trámite.

Firmar el acuerdo: tanto el beneficiario como el abogado deben acercarse a una oficina de ANSES (con turno previo).