Caso Micaela Romero
Muerte en orfanato: dan lugar en forma parcial a hábeas corpus colectivo

Muerte en orfanato: dan lugar en forma parcial a hábeas corpus colectivo
03/11/2014 | El Juzgado de Instrucción nº 1 libró oficio a los hogares de menores para que garanticen condiciones dignas de alojamiento.



La jueza de Instrucción Nº 1 de Corrientes, Norma Beatriz Agrasso, hizo lugar parcialmente a la presentación efectuada por el abogado Hermindo González, a cargo de la asistencia técnica de la familia de Micaela Romero, una niña de 13 años hallada muerta a finales de septiembre en circunstancias extrañas en el orfanato “Rincón de Luz”.

Según informó la web juscorrientes.gov.ar, la magistrada libró oficio a los centros de alojamiento transitorio de menores (Comisarías de la Mujer y del Menor, 7ª y 9ª, Institutos Pelletier, María de Nazaret, Miguel Magone, Providencia Divina, Sagrado Corazón y Tía Amanda), para que extremen los recaudos necesarios y garanticen a los menores condiciones dignas de alojamiento acordes a su edad y a la situación particular (motivo) de su estadía.

Agrasso ordenó que durante el tiempo que allí se encuentren se deberá brindarles “efectiva asistencia” en lo concerniente a su alimentación, seguridad, salud y contención emocional, y además comunicar en forma inmediata, luego del alojamiento de un menor, a la asesora de Menores y al magistrado de Menores en turno y al Consejo Provincial del Niño, Adolescente y de la Familia (Copnaf), para brindarles asistencia integral al menor y su familia. La jueza comunicó su decisión a las Asesorías de Menores y Juzgado de Menores de la ciudad para que tomen conocimiento y adopten las medidas que consideren pertinentes acordes a la situación particular de cada menor privado de su libertad por los cuales tengan intervención. Por otra parte, en relación a la política estatal sobre el régimen de alojamiento de los menores en la provincia se refiere, la doctora Agraso rechazó la acción. Expresó que “no correspondía inmiscuirse en tareas que son propias de otro Poder, pues ello significaría atribuirse funciones ajenas a la esfera de competencia, incurriendo en una superposición de poderes no acordes con los lineamientos constitucionales”. González había articulado una Acción de Hábeas Corpus colectivo, en beneficio de todas las personas menores de edad (niños, niñas y adolescentes) quienes por haber sido halladas luego de fugarse del hogar, o bien en conflicto con la ley penal, y privadas de su libertad (en Comisarías del Menor y la Mujer y Asuntos Juveniles, Institutos de Menores Públicos y/o Privados de la Provincia y Orfanatos) “sufren condiciones de alojamiento no acordes a los lineamientos constitucionales y tratados internacionales”. Indicó “tratos inhumanos y crueles respecto a las condiciones de detención”, falta de tratamiento eficaz en adicciones y enfermedades; y cuestionó la inexistencia en la provincia de un marco normativo de adecuación a la ley 26.061.

En la presentación, González se refirió a la muerte de Micaela Romero en un hogar para niños; a tres niños (C.E.B., de 16 años, su hijo D.B.U.M., de 1 año, y de C.E.E, de 14 años), buscados por la policía tras haberse fugado de sus casas; a los menores alojados en el hogar llamado “Tía Amanda”, que no serían atendidos adecuadamente tanto en lo educativo, alimentario y de salud.