YACYRETÁ Y SALTO GRANDE
Fabián Ríos apoya a "Nación para que se apodere" de los excedentes

Fabián Ríos apoya a "Nación para que se apodere" de los excedentes
13/10/2011 | Levanta cuestionamientos el alcance que tendría el artículo 15 del proyecto de Presupuesto Nacional 2012 por el cual el Estado toma a su cargo los excedentes de Salto Grande y Yacyretá en los que tiene participación Corrientes. Algunos legisladores de Corrientes, Entre Ríos y Misiones ya habrían manifestado preocupación por el articulado y tendrían intenciones de presentar pedidos de informes al respecto. El PJK está a favor.


El artículo 15 del proyecto de Presupuesto 2012 establece que "El Estado Nacional toma a su cargo la obligaciones generadas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por aplicación de la Resolución Nº 406 de fecha de Septiembre de 2003 de la Secretaría de Energía correspondiente a las acreencias de núcleo-eléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), de la entidad Binacional Yacyretá y a los excedentes generados por el Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande, estos últimos en el marco de la Leyes Nº 24.954 y 25.671, por las transacciones económicas realizadas hasta el 31 de hasta el 31 de diciembre de 2012".

Pero desde distintos sectores, publica el sitio Urgente24.com se estima sin embargo que el Presupuesto 2012, en su artículo 15 parece avanzar en otro sentido distinto a las normativas establecidas para los recursos de Yacyretá y Salto Grande.

Es que la resolución 406/03, a la que hace referencia el Presupuesto 2012 en relación a Yacyretá, autoriza el uso de los recursos del Fondo Unificado disponibles en Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), a aplicar al pago de las transacciones económicas mensuales, mientras existan faltantes para hacer frente al pago de las acreencias de los Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Tales recursos serán reintegrados oportunamente, por el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), al Fondo Unificado cuando la situación de déficit del Fondo de Estabilización desaparezca.

En tanto, la Ley 24.954, ratifica en todos sus alcances lo acordado entre la Nación y las provincias de Entre Ríos y Corrientes el 5 de febrero de 1998, con relación al aprovechamiento hidroeléctrico de Salto Grande.

Asimismo esa ley ratifica en todos sus alcances el Acta-Acuerdo suscripto con fecha 7 de abril de 1998, refrendado mediante Decreto Nº 417/98 del Poder Ejecutivo Nacional, firmado entre el Estado nacional y las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones por el cual se estableció la siguiente proporción en los excedentes derivados del complejo hidroeléctrico referenciado: el 67.5% a la provincia de Entre Ríos, el 27,5% a la provincia de Corrientes y el 5% a la provincia de Misiones.

Por otro lado, la Ley 25.671 establece que el Fondo de Especial de Salto Grande Fondo no formará parte del presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional y que toda la recaudación deberá ser depositada en una cuenta recaudadora especial a nombre de Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima) y de dicho Fondo.

Por lo citado, se considera que el Artículo 15 del Presupuesto 2012 podría colisionar con estas leyes de vigente aplicación, y por tanto algunos sectores legislativos iniciaron gestiones para conocer los alcances reales de la aspiración del Estado con respecto a los fondos de Yacyretá y Salto Grande.