SCIOLI VS. SCIOLI
Pepe (de Narváez) le ganó a Daniel

Pepe (de Narváez) le ganó a Daniel
27/09/2011 | Tal como se preveía, la Cámara Nacional Electoral aprobó la candidatura de José "Pepe" Scioli a senador bonaerense por Udeso, que había sido inhabilitada por el juez Federal con competencia Electoral en la Provincia, Manuel Blanco, tras una presentación de su hermano, Daniel Scioli.

Los hermanos Pepe y Daniel Scioli.

Finalmente, y tal como se preveía, la Cámara Nacional Electoral aprobó la candidatura de José 'Pepe' Scioli a senador bonaerense por Udeso. Según pudo saber Urgente24, la votación fue 2 a 1 a favor de la postulación de 'Pepe'.

 


Cabe recordar que su candidatura había sido inhabilitada por el titular del Juzgado Federal con competencia Electoral en la Provincia, Manuel Blanco, por considerar que José Scioli no cumplía con el requisito de dos años de residencia en territorio bonaerense que exige la Constitución.

El juez había hecho lugar a una presentación realizada por Daniel Scioli y consideró insuficientes las pruebas aportadas para fijar el domicilio de su hermano en Cañuelas.

Ahora, la Cámara Nacional revocó su decisión y le dio vía libre a Pepe, mal que le pese a su hermano, Daniel.

Fuentes cercanas a Unión Celeste y Blanco ya habían informado a Urgente24 que confiaban en que la Cámara revertiría la decisión de Blanco, habilitándolo para postularse.

Sólo se temía por la gran presión política ejercida sobre la Cámara, ya que la candidatura de Pepe no sólo cuenta con el rechazo de su propio hermano, el gobernador bonaerense, sino que también desde la Presidencia se oponen y estarían presionando a los jueces. También el ex presidente Eduardo Duhalde habría intentado influenciar la decisión judicial, en contra de Pepe.

En abril de 2010, José Scioli hizo un cambio de domicilio: de la Ciudad de Buenos Aires a Cañuelas. Pero en la Justicia Electoral se dio una controversia acerca de si esa modificación en su Documento Nacional de Identidad cumple con el requisito de antigüedad para postularse al Senado.

Cabe recordar que Daniel Scioli había apelado, a través de los apoderados del Frente para la Victoria, las boletas con el nombre de su hermano, impresas por Udeso. El gobernador bonaerense argumentó que el tamaño desproporcionadamente grande del apellido Scioli, en una boleta opositora, podría dar lugar a confusión en el electorado.

'Pepe' confiaba en que la Cámara lo habilitaría, al contar con el antecedente de Francisco de Narváez, a quien la misma Cámara lo habilitó a postularse a candidato a gobernador bonaerense en 2007 (la polémica fue porque él es colombiano naturalizado argentino), y con el de su hermano, Daniel Scioli.

# El fallo

El fallo de Cámara revoca una decisión en contrario que había adoptado el juez electoral platense Manuel Blanco, quien había considerado que "recién el 14 de abril del corriente año registró su cambio de domicilio a la Provincia de Buenos Aires. Es decir que hasta esa fecha obra una presunción favorable a su residencia en la Ciudad de Buenos Aires que no se ha logrado desvirtuar con los elementos acompañados a autos".

Los camaristas Rodolfo Munné y Santiago Corcuera formularon una evaluación diferente de la prueba de residencia bonaerense de Scioli y determinaron que "no es posible soslayar la singular circunstancia de que el candidato se desempeñó como secretario general de gobierno de la Provincia de Buenos Aires entre los años 2007 y 2009".

"No puede desconocerse que reúne, en sustancia, las calidades que tuvo en mira el constituyente al prever el requisito de la residencia contenido en la Constitución Nacional", sostiene el voto mayoritario.

"No se encuentra controvertido que el ciudadano cuya candidatura se pretende oficializar tiene su domicilio registrado en la Provincia de Buenos Aires", sostuvieron los camaristas, quienes establecieron que sí, en cambio, "corresponde determinar si los elementos acompañados son aptos para tener por acreditada su residencia previa al cambio formal de su domicilio", expresaron los jueces en el voto mayoritario.

Así, tomaron como referencia "un contrato de comodato gratuito del inmueble ubicado en el club de campo 'La Martona', ubicado en el Partido de Cañuelas, Provincia de Buenos Aires, celebrado entre el propietario del mismo y la cónyuge del referido candidato, con vigencia desde el día 10 de diciembre de 2009 hasta el 12 de diciembre de 2011".

En consonancia con el dictamen del fiscal Jorge Di Lello, la Cámara consideró que en el resumen de cuenta corriente del club de campo aparece un "minucioso detalle los gastos regulares, habituales, cotidianos e ininterrumpidos del señor Scioli y de su familia en ese ámbito desde septiembre del año 2004".

Para el tribunal, "surge incontrastablemente que la residencia del nombrado en el distrito se extiende incluso hasta el 28 de diciembre de 2007".

"Juzgar que su calidad de socio del club de campo "no puede considerarse, sin más, sinónimo de que viva efectivamente en dicho club tornaría de imposible cumplimiento acreditar la residencia exigida pues enfrentaría al candidato a la necesidad de aportar testigos para dar cuenta de sus movimientos diarios durante ese período", resume el fallo.

El tercer integrante del tribunal, Alberto Dalla Vía, votó en disidencia por confirmar el fallo del juez de primera instancia que impedía a "Pepe" Scioli competir en los próximos comicios por el distrito bonaerense.