Senado
Cambios en la ley de trata de personas

Cambios en la ley de trata de personas
01/09/2011 | La iniciativa aprobada por la Cámara alta modifica la tipificación del delito de trata de personas y apunta a crear organismos y a volcar recursos para la asistencia y la reparación del daño a las víctimas de este delito. Tambien se creó el registro de datos de abusadores sexuales.

 El Senado de la Nación, aprobó por unanimidad y giró a Diputados para su sanción definitiva, una modificación de la ley de trata vigente, para combatir de manera más eficiente este delito y brindar una protección adecuada a las víctimas. La presidenta de la comisión de justicia Sonia Escudero (bloque justicialista 8 de octubre), en su calidad de miembro informante, dijo “estamos enfrentando el crimen organizado”.

 


Una de las modificaciones más importantes es la eliminación de la distinción actualmente existente entre trata de mayores y menores de dieciocho años. “La ley actual, atento su falta de claridad, deja espacio para que algunos jueces interpreten que si la víctima es mayor de 18 de años, y prestó su consentimiento, no hay delito, generando una situación de gran impunidad, como si alguien pudiera prestar consentimiento para ser sometida a explotación”, sostuvo la senadora salteña.

En tal sentido, la norma establece que “el consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores.”

Por otra parte, amplía los derechos de las víctimas: obliga al Estado Nacional a brindar, gratuitamente, asistencia médica y psicológica; otorgar capacitación laboral y ayuda en la búsqueda de empleo; y a colaborar en la incorporación de la víctima en el sistema educativo. Asimismo, se garantiza el derecho a la asistencia jurídica y al patrocinio integral y gratuito.

Se crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas que funcionará dentro de la Jefatura de Gabinete, con la función de diseñar la estrategia destinada a combatir la trata y explotación de personas.

El texto incluye la creación de un Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, integrado por representantes de los ministerios de Seguridad, Justicia, Desarrollo Social y Trabajo. Tendrá a su cargo la ejecución de un Programa Nacional para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.

Finalmente, se crea en el ámbito del Ministerio Público Fiscal el Sistema Sincronizado de Denuncias sobre el Delito de Trata y Explotación de Personas, y se le asigna el número telefónico 145 en todo el territorio nacional.

Además se castiga al proxenetismo con prisión de cuatro a seis años al que explote económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, y también el que “promueva o facilite la prostitución de una persona”.

Para la senadora Sonia Escudero (Peronismo Federal- Salta) “el proxenetismo queda alcanzado por la norma y su castigo no depende del empleo de engaño o violencia sobre la víctima, ni tiene relevancia su consentimiento. Se trata de explotación y merece ser castigado”, explicó Escudero.

En todos los casos, las penas de prisión serán de cumplimiento efectivo. Se contemplan agravantes: cuando, para someter a la víctima, se emplee violencia, amenazas o cualquier otro medio de intimidación o coerción; cuando el autor fuera familiar, cónyuge, autoridad o ministro de cualquier culto, o encargado de la educación o de la guarda de la víctima, o funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad. Finalmente, cuando la víctima fuere menor de dieciocho años la pena será de diez a quince años de prisión.

El texto aprobado, fue consensuado en base a las iniciativas de los legisladores Beatriz Rojkés de Alperovich y Sergio Mansilla; Adriana Bortolozzi; Liliana Negre de Alonso; Roy Nikish; y Juan Carlos Romero, luego de varios meses de trabajo en el seno de las comisiones. Se recibieron, además, aportes de los ministerios de seguridad y justicia de la Nación, de la secretaría de derechos humanos y también de las organizaciones no gubernamentales que trabajan contra la trata de personas.

Registro de datos de abusadores sexuales

El Senado de la Nación tambien sancionó este miércoles 31/08, y giró a Diputados, la creación de un registro de datos genéticos para colaborar en la investigación de delitos sexuales. La presidenta de la comisión de justicia y autora de una de las iniciativas, Sonia Escudero (bloque justicialista 8 de octubre), defendió esta nueva herramienta, señalando que “es un proyecto muy importante a los efectos de facilitar el esclarecimiento de delitos contra la integridad sexual, por cuanto en este tipo de casos las pruebas genéticas son definitorias”.

En, rigor, se trata de un texto que reproduce lo que el Senado había aprobado en noviembre de 2008, pero que perdió estado parlamentario en Diputados. Es, asimismo, una medida largamente reclamada por la Asociación de Madres del Dolor.

El Registro funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Tendrá como finalidad facilitar el esclarecimiento de los hechos en el marco de una investigación judicial vinculada a delitos contra la integridad sexual, con el objeto de proceder a la individualización de las personas responsables.

Almacenará datos provenientes de dos fuentes: contará con datos genéticos de personas condenadas con sentencia firme y también con información biológica recogida en la escena del crimen o de la víctima del delito.

Cabe aclarar que por tratarse de datos sensibles, su acceso será restringido, por lo que sólo serán suministrados a miembros del Ministerio Público Fiscal, a jueces y a tribunales de todo el país en el marco de una causa judicial por delitos contra la integridad sexual.